La oficina / Consejos e información para el consumidor / Publicidad y mercadeo / Publicidad de comparación
de precios de Wisconsin
Este contenido también está disponible como una hoja informativa descargable en formato PDF.
Access this page in English.
La ley de publicidad de comparación de precios de
Wisconsin, Wis. Admin. Code ch. ATCP 124, es un factor
importante para salvaguardar el mercado competitivo
actual. Prácticamente todos los comerciantes de bienes
o servicios han utilizado la comparación de precios en
algún momento. Esto es cuando los precios de venta
actuales se comparan con precios anteriores o futuros
para mostrar reducciones o ahorros de precios.
Ejemplos:
El precio de venta actual se compara con un valor
declarado: sugiere una reducción de precio o
ahorros.
El uso de un porcentaje de descuento o ahorro sin
un precio establecido – implica una comparación
con el precio actual.
Si bien las comparaciones de precios precisas pueden
ayudar a los consumidores a tomar decisiones de
compra informadas, las comparaciones de precios
basadas en precios o valores arbitrarios o inflados
pueden ser engañosas o ilusorias. También puede
ocurrir abuso, cuando los vendedores no revelan la
información necesaria para que el consumidor
comprenda la comparación.
¿Qué queda cubierto bajo la ley Wis.
Admin. Code ch. ATCP 124?
La regla cubre todas las comparaciones de precios
realizadas por un comerciante, ya sea que la misma se
haga mediante anuncios impresos o transmitidos por
radio, catálogos, etiquetas de tiendas, letreros, rótulos
o afirmaciones verbales del personal de ventas. Una
comparación de precios es cualquier comparación
directa (expresada total o parcialmente en dólares,
centavos, fracciones o porcentajes) del precio actual de
un vendedor con cualquier otro precio o declaración de
valor.
No incluye afirmaciones generales como “grandes
ahorros” (en inglés: big savings) o “precios reducidos”
(en inglés: prices slashed).
¿Cómo afecta la regla al uso de
comparaciones de precios?
La regla está diseñada para evitar comparaciones de
precios engañosas, incluidas aquellas que se basan en
comparaciones de valores que son arbitrarias o
exageradas. En particular:
La norma prohíbe la comparación de “manzanas
con naranjas”. Es decir, prohíbe a los vendedores
comparar precios entre bienes o servicios que
difieren en el tipo de calidad, composición o
características de desempeño; a menos que se
revele claramente la naturaleza de las diferencias
materiales.
Para garantizar que los valores de comparación no
sean meramente arbitrarios o ficticios, sino que
reflejen los valores reales del mercado comercial,
la norma establece que no se podrá utilizar ningún
precio de comparación a menos que sea:
Un precio de venta real al que efectivamente se
hayan vendido los bienes o servicios al precio
comparativo durante los 90 días anteriores; o si se
vendió en un periodo anterior a 90 días, el anuncio
debe revelar la fecha, hora o temporada en que se
vendió. El precio comparativo no puede exceder el
Publicidad de comparación
de precios de Wisconsin
costo del vendedor más el margen de beneficio
que habitualmente genera la venta.
Un precio de oferta de buena fe al cual los bienes
o servicios realmente se han ofrecido a la venta al
precio comparativo durante al menos 4 semanas
durante los 90 días anteriores a la fecha. Si el
período de 4 semanas excede un periodo de 90
días, el anuncio debe revelar la fecha, hora o
temporada en que se ofreció a ese precio. El precio
comparativo no puede exceder el costo del
vendedor más el margen de beneficio que
habitualmente genera la venta.
Un precio futuro al que efectivamente se
ofrecerán a la venta los bienes o servicios dentro
de los próximos 90 días por al menos 4 semanas
consecutivas, debiendo identificarse claramente
como tal la comparación de precios futuros. El
anuncio debe revelar la fecha de vigencia en la que
comenzará el aumento de precio después de las 4
semanas consecutivas. Independientemente de
cuándo entrará en vigor el aumento de precio, el
anuncio debe revelar claramente que la
comparación se basa en un precio futuro (a
diferencia del precio anterior o el de los
competidores).
El precio de un competidor, al que el competidor
realmente vendió o promocionó los bienes o
servicios en los últimos 90 días. El precio del
competidor debe representar el precio al que se
vendió o promocionó el producto o servicio. El
anuncio debe estipular que el precio de
comparación no es el precio establecido por el
propio vendedor.
El uso de cualquier otro valor de comparación, como el
precio comercial sugerido por el fabricante, está
prohibido. A menos que caiga bajo algunas de las
categorías antes mencionadas.
Al momento de colocar la etiqueta de venta en el
producto, el comerciante minorista no debe modificar u
ocultar las etiquetas, rótulos o señales de precios
impresas en los contenedores de los productos por los
fabricantes o proveedores. Al igual que tampoco debe
modificar las etiquetas de “precio sugerido” que
puedan ser requeridas por la ley federal. Siempre y
cuando el comerciante no establezca otra comparación
con relación a la ya establecida.